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CONSEJOS BÁSICOS DE ALCANCE GENERAL
PARA LA FIRMA DE UN CONTRATO
DE INTERPRETACIÓN AUDIOVISUAL



A la hora de firmar un contrato de interpretación es importante tener en cuenta:
 
 
Aunque resulte obvio, es de vital importancia para el artista conocer, en toda su extensión, el contenido del contrato antes de firmarlo y aclarar con el productor todas las cláusulas que resulten oscuras o sobre las cuales tenga alguna duda.

   Respecto a la regulación de las condiciones laborales que se establecen mediante el contrato de interpretación, a la hora de firmar el mismo, se ha de tener presente el que las mismas respeten las disposiciones previstas en el correspondiente convenio colectivo que resulte de aplicación, así como, en la normativa laboral que le sea aplicable.
 
   Y en cuanto al contenido y alcance de las cláusulas de derechos de propiedad intelectual previstas en el contrato, se ha hacer hincapié en la trascendencia que tienen para el artista, dado que el mismo cuenta con la posibilidad de reservarse o ceder determinados derechos, establecer la remuneración a percibir y el ámbito territorial y temporal aplicables cuando ceda sus derechos exclusivos de ejercicio individual. En este sentido es conveniente, en caso de duda, formular las consultas oportunas a la Asesoría Jurídica de AISGE.
 
   En cualquier caso, antes de firmar un contrato de interpretación o ante cualquier cuestión relativa a los derechos de propiedad intelectual de los artistas o cuestiones de índole jurídica relativas a la actividad de la entidad, se puede contactar con la Asesoría Jurídica de AISGE, a través de cada una de sus Delegaciones o en la siguiente dirección de correo juridico@aisge.es.

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