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30-04-2026

#EleccionesAISGE2026

 

Convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria:
Elecciones al Consejo de Administración

 

El plazo para presentación de candidaturas estará abierto hasta el 19 de mayo. La jornada electoral tendrá lugar el lunes 22 de junio


Además de la modalidad presencial, se podrá participar en los comicios a través del voto electrónico o del voto por correo


El Consejo de Administración de la entidad, en su reunión celebrada el 23 de abril de 2026, ha acordado convocar una Asamblea General Extraordinaria cuyo único punto es la celebración de ELECCIONES AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE AISGE.


   La jornada electoral ha sido fijada el lunes 22 de junio de 2026. Comenzará a las 11:00 horas de la mañana, desarrollándose sin interrupción hasta las 20:00 horas de la tarde, en que se cerrarán las urnas para el cómputo de los votos.


Mesas Electorales

  • Las Mesas electorales se constituirán en cada una de las Delegaciones de la entidad, siendo estas, conforme a lo previsto en el artículo 84 de los Estatutos de AISGE, las siguientes:


- Delegación en Santiago de Compostela, que comprende el ámbito geográfico de toda la Comunidad Autónoma de Galicia.


- Delegación en Sevilla, que comprende el ámbito geográfico de Andalucía, Extremadura, Ceuta y Melilla.


- Delegación en Valencia, que comprende el ámbito geográfico de la Comunidad Valenciana y Murcia.


- Delegación en San Sebastián, que comprende el ámbito geográfico de Asturias, Cantabria, Navarra, País Vasco y La Rioja.


- Delegación en Barcelona, que comprende el ámbito geográfico de Aragón, Baleares y Cataluña.


- Delegación en Madrid, que comprende el ámbito geográfico de Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Madrid. También se consideran adscritos los socios con domicilio en el extranjero.


  • Conforme al vigente Reglamento Electoral, los socios que deseen formar parte de las Mesas Electorales podrán presentar su solicitud para participar en la insaculación para la elección de sus componentes. A través de la página web de la Entidad se facilitará la información sobre los requisitos y plazos para que los socios puedan comunicar su voluntad de formar parte de las Mesas Electorales.



Composición del Consejo de Administración y candidaturas

  • Conforme al artículo 51 de los Estatutos, la entidad estará regida por un Consejo de Administración compuesto por 20 miembros.
  • Serán elegibles como miembros del Consejo de Administración (según los artículos 20 y 51 de los Estatutos y en el artículo 3 del Reglamento Electoral), los socios, mayores de edad, que ostenten más de 600 puntos, conforme al sistema de asignación de puntos previsto reglamentariamente, que figuren en el Censo electoral cerrado con fecha 23 de abril de 2026, y que no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad:


- Pertenecer a algún órgano de gobierno de otra entidad de gestión.


- Formar parte de órganos de gobierno, representación y/o dirección de empresas, organizaciones, asociaciones o agrupaciones de interés en las que estén representados usuarios y/o productores, con intereses incompatibles con los propios de la Entidad, o que no permitan garantizar una gestión libre de influencias.


- Encontrarse suspendido en su condición de socio o haber perdido tal condición en virtud de un expediente sancionador.


- Haber sido declarado incapaz o estar inmerso en inhabilitación o prohibición conforme a la normativa vigente.


- Haber sido cesado o removido del cargo de consejero de AISGE, por sanción disciplinaria, en los últimos cinco años.


  • El plazo para la presentación de candidaturas es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la presente convocatoria. Por tanto, dicho plazo concluye el día 19 de mayo de 2026, a las 18:30 horas. Las candidaturas deberán presentarse en la Delegación de Madrid (Ruiz de Alarcón, 11, no será válida la presentación de candidaturas por correo electrónico o cualquier otro medio), y a la atención de la Junta Electoral y deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a lo previsto en los artículos 5 y 16 del Reglamento Electoral:


- Las candidaturas se presentarán en listas cerradas y nominales, con expresión del orden concreto que ocupan los candidatos, junto con la aceptación de cada uno de los candidatos de su pertenencia a la candidatura (con firma manuscrita o por medio electrónico asimilado conforme a la legislación vigente—certificado digital o DNI electrónico, aportando copia del documento electrónico conforme a las indicaciones que facilite la Junta Electoral) y su compromiso de formar parte del Consejo de Administración que se constituya y una declaración responsable de no estar incurso en cualquier causa de inelegibilidad.


- El escrito de presentación de las candidaturas debe expresar claramente la denominación de las mismas.


- Cada candidatura debe incluir tantos candidatos como miembros del Consejo de Administración se vayan a elegir, es decir, 20 candidatos.


- Cada candidatura debe contener al menos un candidato adscrito a cada una de las Delegaciones de la entidad, los cuales deberán encabezar la candidatura. Además, deberá incluir un mínimo de 12 y un máximo de 20 candidatos suplentes, garantizando en todo caso la anterior representatividad de cada una de las Delegaciones.


- Las candidaturas que se presenten deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40%.


- Ningún candidato podrá formar parte de más de una candidatura.


- El candidato que encabece la lista de la candidatura que obtenga mayor número de votos será el llamado a ostentar el cargo de Presidente del Consejo de Administración que se constituya.


- Cada candidatura designará entre sus miembros a uno de sus integrantes para que intervenga en el procedimiento electoral como representante de la misma. En defecto de designación será representante el primero que figure en la lista de la candidatura. Igualmente, cada candidatura designará un domicilio y una dirección de correo electrónico al objeto de efectuar las notificaciones oportunas durante los días y horas hábiles, sin perjuicio de facilitar, igualmente, un número de teléfono de contacto y/o una cuenta de correo electrónico adicional.


- Se deberá presentar junto con la candidatura copia del programa electoral (con una extensión máxima de cinco folios por las dos caras, se presentará en formato electrónico) cuyo contenido y formato no se podrá modificar tras su presentación.



Censo electoral

  • Desde el día 30 de abril del año en curso el Censo Electoral estará a disposición de los socios para su consulta en las diferentes Delegaciones (a través del vocal de la Junta Electoral), con los datos de los socios mayores de edad dados de alta en la entidad a fecha 23 de abril de 2026 (se incluirán los datos identificativos del socio y los puntos que ostente en orden a comprobar el derecho de sufragio activo y/o pasivo).


  • Los socios que quieran formular cualquier reclamación sobre el Censo Electoral habrán de efectuarla, dentro del plazo de 5 días desde la fecha de exposición del mismo, esto es, antes del 8 de mayo de 2026, mediante escrito dirigido a la Junta Electoral y remitido por correo ordinario, correo electrónico (juridico@aisge.es), presentado directamente en cualquiera de las Delegaciones, que los enviarán, a su vez, inmediatamente a la Junta Electoral.

 

 

Ejercicio del voto electrónico

  • Los socios podrán ejercitar el voto electrónico (conforme a lo previsto en el artículo 22 del Reglamento Electoral). Para ello deberán solicitar la preceptiva preinscripción a través del sitio web, con acceso mediante un enlace desde la página web de la entidad.


- Los socios preinscritos recibirán las credenciales necesarias para ejercitar el voto por correo electrónico (en la dirección de email que conste comunicada a la entidad para recibir comunicaciones y ejercitar sus derechos).


- Los socios que deseen solicitar la preinscripción para ejercitar el voto electrónico y no hayan comunicado una dirección de email para recibir comunicaciones de la entidad deberán contactar a tales efectos con el Departamento de Socios, al igual que los socios que precisen actualizar sus datos de correo electrónico antes del comienzo del plazo de preinscripción (12 de mayo de 2026).


- El plazo de preinscripción para solicitar las credenciales para el voto electrónico comenzará el 12 de mayo de 2026 (desde el día siguiente en que finalice el periodo de resolución de reclamaciones al censo, hasta el día 4 de junio se podrán comunicar a la entidad las posibles incidencias sobre el proceso de acreditación y recepción de credenciales).


- El plazo de acreditación y recepción de credenciales finalizará el día anterior al inicio del periodo para emitir el voto electrónico (5 de junio de 2026).


- El periodo para poder emitir el voto electrónico comienza desde el inicio de la campaña electoral (10 días antes de la jornada electoral, el 8 de junio de 2026) y estará activo hasta las 00:00 h. del día 17 de junio (tercer día laborable anterior a la jornada electoral).


- El voto electrónico es personal e intransferible, no siendo posible ejercer el voto mediante representación. El voto electrónico resulta incompatible con el voto por correo o presencial.



Ejercicio del voto por correo

  • Los socios que quieran ejercitar el voto por correo deberán solicitar la documentación para emitir el voto a partir de la presente convocatoria (mediante email dirigido a elecciones2026@aisge.es, por teléfono o en las delegaciones). Una vez realizada la proclamación definitiva de las candidaturas se enviará a los socios que lo hayan solicitado la documentación completa para ejercer el voto por correo (conforme a lo previsto en el artículo 24 del Reglamento Electoral). A partir de la proclamación de candidaturas se podrá solicitar el envío de la documentación para ejercitar el voto por correo hasta la jornada electoral, y se podrá enviar el mismo por correo postal, o entregarlo en cualquiera de las delegaciones, con la antelación suficiente para hacer las comprobaciones oportunas (el voto por correo es incompatible con el voto electrónico o presencial).



Comisión Gestora

  • Asimismo, se informa que conforme a lo previsto en los artículos 55, 57 y 58 de los Estatutos, el Consejo de Administración ha acordado la constitución de la Comisión Gestora, que estará integrada por los actuales Presidente, el Secretario General y dos miembros del Consejo de Administración saliente. La Comisión Gestora es el órgano de representación, gestión y gobierno de la entidad desde el día de la fecha hasta la efectiva constitución del nuevo Consejo de Administración, si bien deberá limitar su actividad a las actuaciones estrictamente necesarias para el normal funcionamiento de la Entidad.


   A través de la página web de la Entidad se facilitará la información detallada y puntual para los socios sobre el procedimiento electoral. Las dudas sobre la presentación de candidaturas podrán plantearse ante la Junta Electoral (conforme a lo previsto en el art. 9 del Reglamento electoral).

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