La tasa que se aplica a los repartos de derechos es la tasa correspondiente al año de recaudación. Teniendo en cuenta que el reparto ordinario se realiza a ejercicio vencido, la tasa aplicable al año en curso es la fijada y aprobada por la Asamblea General, que aprueba las Cuentas Anuales del ejercicio anterior.
La Tasa de Recaudación/Administración aprobada al cierre de 2023 para todas las modalidades de explotación (*) es del 9,84%.
La Tasa de Recaudación/Administración presupuestada para el ejercicio 2024 es del 16,72%. No obstante, la tasa real se fijará conforme a los gastos reales del ejercicio y las Cuentas Anuales de 2024 que formule la entidad.
(*) NOTA ACLARATORIA: la entidad aplica la misma tasa (el mismo porcentaje) a cada modalidad de los derechos administrados: derecho de remuneración por comunicación pública (respecto a cualesquiera actos comprendidos en este concepto), derecho de remuneración por alquiler y compensación por copia privada.