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06-11-2025

Tecnología y derecho


OPEN AI CAMBIA LAS REGLAS DEL JUEGO CON SORA





A través de su última versión de IAG para la producción de contenidos audiovisuales (SORA), Open AI socava los fundamentos del Estado de Derecho y se convierte en “juez y parte” de su propio modelo de negocio, estableciendo normas o reglas contrarias a cualquier ordenamiento jurídico y, sobre todo, al sistema de derecho de autor. Se atribuye la facultad de usar contenidos protegidos por la propiedad intelectual para generar nuevos contenidos audiovisuales a través de SORA, salvo que los titulares de estos contenidos se opongan expresamente y demuestren que sus contenidos han sido utilizados por ese sistema de IAG


Abel Martín Villarejo

Director General de AISGE. Profesor de derecho Civil en la Universidad Complutense de Madrid



La Humanidad se está acostumbrando a recibir con los brazos abiertos, cada pocos meses, a un nuevo sistema de Inteligencia Artificial Generativa (IAG) con unas capacidades y funcionalidades inimaginables, tan seductoras como alegales, cuya operativa, desde la perspectiva jurídica, cada vez traspasa más líneas rojas y se sitúa al margen de cualquier ordenamiento jurídico y de los principios generales del derecho que nos han guiado durante los últimos milenios. Traducido a términos claros, la propuesta de SORA equivale a decir: “Me apropio de lo ajeno y, solo si el que dice ser su dueño me lo prueba, buscamos una solución”…


   OpenAI, hasta la fecha y que se sepa, carece de legitimidad política y democrática para promulgar leyes con efectos generales y que nos obliguen a los demás. En un Estado de Derecho no cabe rellenar las lagunas legislativas con normas propias, unilaterales y, menos aún, en sentido contrario a los principios generales del derecho que inspiran e informan el carácter y sentido de las normas positivas. Sin ir más lejos, nuestro Código civil, en su artículo 7, fija dos principios fundamentes del derecho, a saber: que el ejercicio de cualquier derecho se ha de hacer de buena fe y sin abusar del mismo. En el caso que nos concierne, además, OpenAI no tiene un derecho atribuido por una norma jurídica, sino que se trata de ocupar una laguna legal con reglas propias y establecidas en el ámbito del nuevo eufemismo de la arbitrariedad multinacional que se denomina “autorregulación” ó “autogobierno”.


   La IAG, en efecto, está cambiando la forma en que creamos cultura, y la falta de una regulación expresa está provocando que sean los dueños de los grandes sistemas tecnológicos quienes impongan sus propias reglas de juego. Y es en ese contexto en el que, hace unas semanas, OpenAI ha anunciado que su generador de vídeo SORA empleará material protegido por derechos de autor, salvo que los titulares se opongan de forma expresa. En otras palabras, el consentimiento deja de ser la regla y es el silencio el que habilita el uso. Parece que la compañía ha decidido aplicarse eso de que es mejor pedir perdón que pedir permiso


   En el ámbito de estas nuevas “reglas” no se contemplan exclusiones generales ni automáticas, y es el propio creador quien debe mantenerse atento para comprobar si su obra ha sido absorbida por el sistema y, en tal caso, ejercitar este nuevo “derecho”, de manera que, además, se invierte la carga de la prueba. El vicepresidente de Alianzas Mediáticas de OpenAI, Varun Shetty, lo ha manifestado con claridad: “Si hay gente que no quiere estar en este ecosistema, podemos ayudarles”. La compañía defiende que este sistema impulsa la innovación y pone herramientas creativas en manos de los usuarios más rápidamente. Pero detrás hay otra lógica. Impone un sistema de “exclusión voluntaria” (opt-out) que altera el modelo tradicional, en el que toda utilización requería el consentimiento previo y expreso de los titulares. Ahora, ese consentimiento se presume otorgado y la carga de la prueba recae sobre los creadores. Algo parecido ocurrió cuando el generador de imágenes de ChatGPT inundó la red con ilustraciones “al estilo Ghibli”, lo que obligó al célebre estudio japonés a solicitar expresamente su retirada.


   Desde el punto de vista del derecho de autor, el cambio jurídico que propone SORA es más disruptivo que su propio sistema de  IAG. Desde el Convenio de Berna todos los sistemas pivotan sobre la autonomía de la voluntad del creador. Nadie puede hacer uso de una obra protegida sin autorización de su titular, salvo que se ampare en los límites previstos por la norma (cita, parodia, uso privado...). Sin embargo, el modelo de OpenAI rompe con este sistema.  Este consentimiento se ve sustituido por una autorización tácita otorgada a la plataforma, la cual se además se reserva el derecho de interpretar, explotar y monetizar ese uso.


   Este desplazamiento del consentimiento de los creadores cambia de manos el poder de decisión de la forma en que desea divulgar y publicar su creación, lo que constituye también una suerte de vulneración de sus derechos morales. Un control que antes era exclusivo de quien creaba, ahora lo ejercerá Open AI, siendo sus mecanismos internos, los términos del servicio y sus políticas de uso la nueva norma a cumplir. Pero el cambio va más allá de lo jurídico. Es un cambio social. Se invierte el principio de que la obra es propiedad de su creador y es este quien decide sobre la misma. Ahora la obra es propiedad del “ciberespacio” hasta que su verdadero creador pruebe lo contrario.

 

   Los lobbies tecnológicos no dan puntada sin hilo, y esta decisión podemos encuadrarla en una nueva forma de presión a la Administración Trump para que el entrenamiento de modelos se considere "uso legítimo" (fair use). Tanto OpenAI como Google solicitaron este año a dicha Administración que así lo estableciese, y algunos tribunales en Estados Unidos ya están decidiendo en ese sentido. 


   El uso del término opt-out nos impide ver la definición correcta y el alcance real del modelo propuesto. Es un  “a menos que te opongas”, el cual deja indefensos a los creadores, despojándoles de su facultad de autorizar el uso que considere apropiado, empujándoles al lado oscuro, complejo y casi imposible de intentar prohibir un uso ilegítimo y enfrentarse con absoluta desigualdad de armas procesales a usuarios tan extraordinariamente poderosos como son la multinacionales tecnológicas. Esta reversión del consentimiento es particularmente problemática.  Es un sistema perverso que solo beneficia a los grandes y deja a los creadores en situación de desamparo. Podríamos decir que estamos ante un nuevo feudalismo digital, donde el señor es OpenAI y el creador y el fruto de su talento o intelecto le pertenecen originariamente a su señor por auto-derecho propio.


   Y aunque se hable de que SORA "democratiza" la creación de vídeo, esa democratización es más teórica que práctica, al tiempo que no deja de constituir un eufemismo de última generación para apropiarse del esfuerzo ajeno. Lo que se vende como acceso universal a la creatividad no es más que una redistribución del control, la máquina crea porque otros antes crearon. Pero los que nada crearon en el ámbito del derecho de autor, los que aportan las herramientas, se apropian de los resultados creativos generados y ellos pondrán las condiciones, unilateralmente, sobre el uso de esos contenidos.


   Consecuentemente, SORA puede iniciar un proceso de involución en la industria de los contenidos audiovisuales, disrumpiendo los actuales modelos de negocio que sostienen tal ecosistema y transformando la naturaleza misma del arte. La cultura deja de ser una manifestación del ser humano. Los problemas y retos que plantea SORA no se van a solucionar con más licencias o más resoluciones judiciales. Es un dilema ético y jurídico: ¿queremos concebir la cultura y el arte como una manifestación de la condición humana o pretendemos reducirla a un mero proceso técnico controlado por una empresa tecnológica?

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